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El próximo 20 de diciembre más de 36 millones de españoles mayores de 18 años tienen el derecho de elegir a los representantes del Congreso de los Diputados y del Senado para los próximos 4 años. Un Congreso compuesto por 350 diputados que, además de formas parte del poder legislativo, tiene la potestad de elegir al Presidente del Gobierno de España.

Pero, ¿cómo se elige a los diputados, senadores y al Presidente del Gobierno? Estas son las claves del sistema electoral español:

– El sistema electoral español está regulado por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de 1985. Esta Ley establece que las elecciones generales en España se realizan con un sistema proporcional por circunscripciones con sufragio universal para mayores de 18 años.

– La elección de los representantes del Congreso de los Diputados: para elegir los 350 diputados de la Cámara Baja, España se divide en 52 circunscripciones electorales, correspondientes a 50 provincias, Ceuta y Melilla. En cada una de estas dos últimas se elige a 1 diputado y en las 50 restantes un mínimo de 2 más el número proporcional a la población empadronada. La circunscripción más grande es Madrid con 36 diputados y la más pequeña Soria, con 2.

Los votantes eligen mediante un sistema de listas cerradas y bloqueadas a los representantes de su circunscripción electoral el día de las elecciones de forma presente en las urnas o por correo.

Una vez emitido el voto se procede al escrutinio y reparto de escaños que se realiza mediante el sistema proporcional D’Hont, empleado en países como Francia, Japón, Argentina, Israel o Finlandia. Este sistema consta de varios procedimientos:

  1. Quedan eliminadas aquellas candidaturas que no obtienen como mínimo un 3% de los votos válidos emitidos.
  2. El resto de candidaturas con más del 3% de votos se ordenan de mayor a menor.
  3. En cada candidatura se divide el número de votos recibidos por la sucesión de los números naturales equivalentes al número de escaños de la circunscripción (1, 2, 3, 4, etc.).
  4. Los escaños se atribuyen a los mayores cocientes.

– Elección de los miembros del Senado: los senadores pueden ser elegidos por dos procedimientos: por circunscripciones o por los parlamentos autonómicos.

En el caso de la circunscripción provincial cada una de ellas elige cuatro senadores, excepto tres en las islas mayores (Gran Canaria, Mallorca y Tenerife), dos en Ceuta y Melilla y uno en las restantes islas.

Mediante listas abiertas y sufragio universal, libre, directo y secreto, los españoles mayores de 18 años eligen a tres de sus senadores de forma individual, de tal modo que el elector puede votar a candidatos de fuerzas políticas diferentes.

El senador restante, además de otro senador por cada millón de habitantes (de ahí que el número de senadores sea variable), lo elige el Parlamento Autonómico. Cada Comunidad Autónoma rige en sus estatutos el procedimiento de elección.

– El Presidente del Gobierno de España no es elegido de forma directa por los ciudadanos sino por las Cortes Generales en la denominada sesión de investidura.

Tras la votación y la conformación de las Cortes, el Rey, como Jefe del Estado y tras consulta con las candidaturas mayoritarias, propone a un Presidente del Gobierno a la Cámara. Este candidato presenta en el hemiciclo su propuesta y solicita la confianza de la Cámara en el debate de investidura, en el que suelen intervenir los portavoces de los grupos parlamentarios.

Tras el debate, los diputados votan al Presidente que debe obtener en primera votación mayoría absoluta (176 votos) para proclamarse como tal. En caso de no obtener la mayoría absoluta se procede a una segunda votación en la que bastará con lograr la mayoría simple (más votos a favor que en contra). Si se diera el caso en el que en segunda votación el candidato no logra el apoyo mayoritario de la Cámara, el Rey debería proponer otro candidato que sería sometido al mismo procedimiento hasta lograr la mayor parte de los apoyos. Si durante dos meses todos los candidatos propuestos por el Rey para presidir el Gobierno fueran descartados se disolverían las Cortes y se volvería a votar.


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