El 1 de julio de 2021 entró en vigor el Acuerdo Interinstitucional de 2021 sobre un Registro de transparencia obligatorio, tras ser aprobado por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea el 20 de mayo. Entre las novedades, se introdujo un nuevo formulario de Registro de los grupos de interés. Los inscritos, entre los que se encuentran las consultoras profesionales, tienen de plazo hasta el 19 de marzo de 2022 para modificar sus datos. De no hacerlo, serán eliminados del Registro.

Por el momento, solo el 31% ha hecho los cambios pertinentes (a día de hoy, figuran un total de 13.190 organizaciones). Con el fin de resolver las dudas sobre la nueva normativa, la Asociación Europea de Consultoras de Asuntos Públicos (EPACA, por sus siglas en inglés) organizó un webinar que contó con la presencia de tres representantes de la Secretaría Común del Registro de Transparencia de la UE (JTRS, por sus siglas en inglés). Así, tras este acuerdo institucional, las consultoras de Asuntos Públicos deben:

  • Facilitar información sobre los clientes con los que tienen una relación contractual, especificando:
    • Nombre del cliente.
    • Estimación de los ingresos anuales por actividades de representación relevantes de ese cliente en el último ejercicio contable cerrado.
    • Propuestas legislativas, políticas o iniciativas de la UE dirigidas en nombre del cliente específico.
  • Proporcionar información sobre sus intermediarios (con los que también mantienen una relación profesional) e indicar:
    • Nombre de los intermediarios.
    • Los costes anuales asociados, según los tramos financieros facilitados.
    • Los costes declarados por los clientes y los ingresos declarados por las asesorías, que deben coincidir.

Los ponentes animaron a todas las consultoras a actualizar su formulario, por varias razones, entre las que destacaron que, con ello, demostrarán un fuerte compromiso de transparencia en sus relaciones con las instituciones europeas, y mejorarán su presencia en Bruselas.