El PSOE de Pedro Sánchez ha ganado las elecciones con una clara mayoría (28,7% de los votos y más de 50 escaños de diferencia sobre la segunda fuerza), aunque necesitará pactar con otras formaciones para seguir en La Moncloa. Tras los resultados del 28A empieza a correr el contador para la reunión constitutiva de las Cámaras resultantes que, según el Real Decreto de disolución de las Cortes, está previsto que sea el próximo 21 de mayo, a las 10:00 horas.

Antes de esa fecha, las juntas electorales provinciales harán entre el miércoles 1 y el sábado 4 de mayo el recuento público donde ya se incluyen los votos en el extranjero de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

A partir de esa fecha, previsiblemente el domingo 5 de mayo, se proclamarán los resultados y la Junta Electoral Central se encargará de expedir las credenciales de los nuevos diputados y senadores para que puedan acreditar su condición en el Congreso y en el Senado. Durante la segunda semana de junio se espera que los nuevos parlamentarios desfilen por ambas Cámaras para acreditarse.

Y 15 días después, el 21 de mayo, se constituirán simultáneamente las Cortes Generales. En esta sesión se elige a la Presidencia del Congreso y a las cuatro Vicepresidencias y cuatro Secretarías que forman la Mesa de la Cámara, y los parlamentarios electos son llamados uno a uno para acatar la Constitución y asumir así su condición plena de diputados.

 

Elección de la Mesa y Presidencia del Congreso

Llegados a este punto, como no hay aún ni Presidencia ni Mesa de la Cámara se constituye una Mesa de Edad ─compuesta por el diputado electo de más edad, asistido por dos secretarios: los dos diputados más jóvenes─, que es el órgano encargado de dirigir esta primera sesión. Uno de los secretarios lee el Real Decreto de convocatoria, la relación de diputados electos y los recursos contenciosos electorales interpuestos indicando los que pudieran verse afectados.

Después, se elige a los miembros de la Mesa del Congreso. En la primera votación se elige la Presidencia de la Cámara. Cada diputado deposita en una urna su voto, en el que escribe el nombre de su candidato. El presidente debería alcanzar mayoría absoluta en primera votación; si no se alcanza, se celebra una segunda votación entre los dos candidatos más votados. El ganador es elegido presidente del Congreso.

A continuación, los diputados vuelven a depositar su voto con un solo nombre para elegir a los vicepresidentes. Son elegidos los cuatro diputados más votados, y el primero ocupará la vicepresidencia primera y así sucesivamente hasta la cuarta.

La elección de los cuatro secretarios de la mesa se desarrolla de igual manera. Elegida la Mesa del Congreso, los nueve miembros ocupan su lugar en el Hemiciclo. Después se llama uno a uno a todos los diputados para prestar juramento o promesa de acatamiento de la CE. En ese momento queda perfeccionada su condición de diputado.

Superado este trámite, la Presidencia del Congreso declara constituida la Cámara y lo comunica al Rey, al Senado y al Gobierno. Cabe recordar que en la pasada legislatura la ex ministra popular Ana Pastor resultó elegida presidenta, en segunda votación y por mayoría simple, en una sesión inaugural que duró cuatro horas. Finalmente, la persona que sea elegida al frente de la Presidencia de la Cámara se trasladará al Palacio de la Zarzuela en persona e informará al Rey para que se abra una nueva ronda de consultas con los partidos representados en el Congreso.

Al constituirse las Cámaras, se establece un máximo de cinco días, hasta el 27 de mayo, para formar los grupos parlamentarios. Una vez formados, la Mesa del Congreso debe ratificarlos para después proceder a la constitución de la Junta de Portavoces.

 

Investidura del presidente del Gobierno

Una de las funciones principales del Congreso de los Diputados es elegir al presidente del Gobierno, y se hace en la sesión de investidura. Después de las elecciones, el Rey consulta con los grupos políticos con representación parlamentaria en el Congreso y después propone un candidato a presidente del Gobierno.

Como se ha indicado, la sesión constitutiva está previsto que se celebre cinco días antes de las elecciones europeas, municipales y autonómicas, que tendrán lugar el domingo 26 de mayo. El cierre de campaña y la celebración de estos comicios pueden hacer que se retrase más de lo previsto la ronda de consultas para buscar al candidato a la Presidencia del Gobierno.

Los artículos 170 y siguientes del Reglamento del Congreso establecen que, una vez recibida en el Congreso la propuesta de candidato a la Presidencia del Gobierno, el presidente de la Cámara convocará el Pleno para celebrar la sesión de investidura.

La sesión comenzará con la lectura de la propuesta por uno de los secretarios. A continuación, el candidato propuesto expondrá, sin limitación de tiempo, el programa político del Gobierno que pretende formar y solicitará la confianza de la Cámara. Tras el tiempo de interrupción decretado por la Presidencia, intervendrá un representante de cada grupo parlamentario que lo solicite, de mayor a menor, por 30 minutos. Generalmente la sesión continúa al día siguiente con los grupos que no hayan intervenido aún.

Finalizado el debate se procede a la votación. Los secretarios de la mesa llaman uno a uno a cada diputado en orden alfabético, comenzando por una letra elegida al azar. Desde su escaño cada diputado dirá en voz alta si vota a favor, en contra o se abstiene. La votación se lleva a cabo a la hora que fije la Presidencia. Si el candidato obtiene el voto de la mayoría absoluta de los diputados, se entiende otorgada la confianza.

 Si no la obtiene, se procede a una nueva votación 48 horas después de la anterior, y la confianza se entiende otorgada si se consigue mayoría simple (más síes que noes). Antes de proceder a esta segunda votación, el candidato puede intervenir por un tiempo máximo de 10 minutos y los grupos parlamentarios, por cinco minutos.

Después de estas votaciones caben dos posibilidades: que el candidato haya obtenido la confianza del Congreso o que no la haya logrado. Si la obtiene, la Presidencia del Congreso lo comunicará al Rey, a efectos de su nombramiento como presidente del Gobierno. En caso contrario, el artículo 172 de Reglamento del Congreso prevé que «se tramitarán sucesivas propuestas por el mismo procedimiento».

Sin embargo, el plazo para lograr una investidura no es infinito. Si transcurren dos meses desde la primera votación (previsiblemente a principios de agosto) sin que ningún candidato hubiera obtenido la confianza del Congreso, entonces la Presidencia de la Cámara someterá a la firma del Rey el Decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones y lo comunicará al presidente del Senado. Llegados a este punto, sería la segunda vez que se tendrían que repetir unas elecciones como ocurrió en 2016 y, según este hipotético calendario, podrían convocarse a finales de septiembre.